Rectificar en el camino es la premisa que acompaña desde sus albores el proceso de ampliación y flexibilización del trabajo por cuenta propia, y que hoy, apenas a siete meses de emprendido, se hace letra viva con los acuerdos de la pasada reunión del Consejo de Ministros.
A medida que aumenta el número de trabajadores en esta alternativa de empleo, —a mediados de mayo eran 314 538—, y son analizadas las experiencias de su implementación, se hace necesario continuar adoptando y poniendo en práctica medidas que faciliten su ejercicio. Por ello, en lo que resta de este mes y hasta julio próximo, los organismos correspondientes alistarán los detalles, incluidos los legales, para comenzar a aplicarlas.
Lograr una mejor organización, eliminar deficiencias y restricciones innecesarias, limar dilaciones injustificadas en determinados pasos del proceso, combatir tendencias que afectan a la población, y favorecer la contratación de fuerza de trabajo, están en la esencia de las disposiciones recientemente aprobadas.
INTERÉS DE TODOS
Así, por ejemplo, dentro de las decisiones del Consejo de Ministros está la de extender la autorización para utilizar trabajadores contratados a todas las actividades, y quienes contraten entre una y cinco personas, serán exonerados durante el año 2011 del pago del impuesto por la utilización de fuerza de trabajo.
Del mismo modo, queda sin efecto la exigencia de una cantidad mínima de trabajadores contratados establecida para ocho actividades.
Se amplía el periodo establecido para el pago retroactivo de la Contribución a la Seguridad Social, para las personas que ya ejercían el trabajo por cuenta propia antes de octubre del 2010. De dos años, se alarga a 10.
Además, queda eliminada la obligatoriedad de afiliarse al Régimen Especial de Seguridad Social para las mujeres de 60 años o más y los hombres de 65 años o mayores.
GIROS DE TIMÓN PARA EL TRANSPORTE
En relación con el transporte de pasajeros, los vehículos de las personas naturales tendrán el mismo plazo para su inspección técnica que el de las entidades estatales, en aras de eliminar diferencias en el cumplimiento de este requisito. Además, se aprobó extender de 30 a 90 días laborables el plazo para recoger las licencias operativas otorgadas por las Unidades Estatales de Tráfico del MITRANS.
En el caso de la actividad de arriero se bajará la cuota consolidada mínima mensual a 30 pesos, y lo mismo pagarán aquellos dedicados al transporte de carga con medios de tracción animal (carretonero), a quienes les será aplicado el régimen simplificado de tributación. Ambas decisiones serán aplicadas con carácter retroactivo, desde el 1ro. de enero del 2011.
Asimismo, durante el año en curso quedan exonerados de pagar el impuesto simplificado los carretoneros y arrieros vinculados a entidades estatales que perciben mensualmente hasta 400 pesos; en este periodo, se evaluarán las tarifas aplicadas a dichos servicios.
Para el pago del Impuesto sobre los Ingresos Personales, a quienes se dedican al transporte de pasajeros con medio de tracción animal (cocheros) se les considerará como gasto deducible hasta un 40 % de sus ingresos anuales (el doble de lo fijado inicialmente), y tendrán una disminución de sus cuotas mínimas mensuales, a cuenta de este impuesto, de 150 a 100 pesos.
En otro sentido, serán definidas y señalizadas áreas de piquera por municipios, con el objetivo de organizar la actividad del transporte y la de los gestores de viajes, cuyo ejercicio tendrá que estar asociado a una de estas piqueras como requisito indispensable.
Para el transporte automotor y el arrendamiento de viviendas, habitaciones y espacios, se aprobó la suspensión temporal del pago de tributos a partir de 3 meses y hasta un máximo de 6, cuando se acometan reparaciones de los vehículos o inmuebles. Esta prerrogativa implica el retiro de las licencias correspondientes por el periodo autorizado y su devolución sin costo alguno al concluir este.
AJUSTES VARIADOS
En relación con la vivienda, se acordó rebajar, durante el año 2011, la cuantía mínima mensual del impuesto por el alquiler de habitaciones de 200 a 150 pesos en las dos modalidades de arrendamiento: CUP y CUC.
De igual forma disminuye la cuantía mínima mensual por el servicio de arrendamiento cuando se trate de viviendas completas arrendadas en CUP: hasta dos habitaciones se pagarán 100 pesos; incrementándose este monto en un 50 % a partir de la tercera habitación (hoy se realiza desde la segunda).
El otorgamiento de la licencia sanitaria se enmarcará en plazos mínimos, acorde con la agilidad diseñada para el proceso de inscripción de los trabajadores por cuenta propia.
El Instituto de Planificación Física (IPF) se integra a la labor orientadora que ejercen los diferentes organismos implicados en este proceso, en aras de evitar la violación de las regulaciones urbanísticas. Las personas, ante todo, deberán ganar claridad en que una autorización para ejercer como trabajador por cuenta propia, no equivale a un permiso para construir en favor de la labor que quiere desempeñar; este debe tramitarse a través del IPF, servicio que se rebajará de 250 a 100 pesos.
También, se acordó identificar aquellos locales con un bajo nivel de actividad, fundamentalmente en el sector gastronómico, que mejor rendirían si fueran arrendados a trabajadores por cuenta propia.
Cabe mencionar que, para el caso de los elaboradores-vendedores de alimentos y bebidas mediante servicio gastronómico (paladares), crece de 20 a 50 la capacidad permitida de sillas.
Una de las figuras aprobadas amplía sus márgenes legales y otras tres se incorporan. El denominado "carretillero" pasa a ser "carretillero o vendedor de productos agrícolas en forma ambulatoria"; y se incluyen como nuevas actividades la de granitero, agente de seguros, y organizador de servicios integrales para fiestas de quince, bodas y otras. La inscripción de las mismas se realizará por la Oficina del Historiador de La Habana, la Empresa de Seguros Nacionales y las direcciones municipales de trabajo, respectivamente.
El tema del aseguramiento se tuvo en cuenta en este recapitular de lo perfectible. Por ahora, la venta de mercancías en la red minorista en ambas monedas constituye la principal fuente de aseguramiento para el trabajo por cuenta propia, lo cual no quiere decir que deje de estar en el centro de la voluntad y los planes futuros del país la creación de un mercado mayorista, en la medida en que las posibilidades de la economía lo permitan.
Para garantizar lo fundamental, en el Plan del 2011 se concibieron unos 120 millones de USD, y se aprobó adelantar para el segundo y tercer trimestre los aseguramientos previstos para el año. Estos comprenden artículos de ferretería, materias primas e insumos asociados a diferentes actividades, productos para la elaboración y venta de alimentos en diferentes formatos, entre otros.
Los acuerdos enunciados constituyen decisiones que en su esencia no sorprenden: todos forman parte de una política manifiesta de optimizar y agilizar los más serios propósitos, de allanar el ascenso del trabajo por cuenta propia como una alternativa de empleo, tal y como se planteó en el Sexto Congreso del Partido.
FUENTE: ANNERIS IVETTE LEYVA, DE GRANMA
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