Cuba recesa actividades laborales este 29 de marzo
Por segunda ocasión Cuba recesará actividades en el Viernes Santo. El pasado año fue la vez primera con motivo de la visita del entonces Papa Benedicto XVI.
El gobierno de Cuba decidió aprobar el receso de las actividades laborales hoy viernes 29 de marzo de 2013, amparado en la Resolución 24 del 4 de diciembre de 2009, del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (MTSS).
Esta resolución establece que por disposición legal dictada expresamente por los órganos superiores del Estado y de Gobierno, y el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, en cumplimiento de una decisión gubernamental, se puede disponer el receso laboral con pago del salario, en adición a lo regulado para los días de conmemoración nacional y los feriados, para una actividad, territorio o el país.
En consecuencia, el MTSS acaba de dictar la Resolución No. 12/2013 a fin de regular el receso de ese día.
En el primero de los Resuelvo de ese cuerpo, se expresa que “El viernes 29 de marzo de 2013 recesan las actividades laborales, con excepción de las labores relacionadas con la zafra azucarera y otros trabajos agropecuarios urgentes, industrias de proceso de producción continua, labores urgentes de carga y descarga, servicios de transporte y su aseguramiento técnico indispensable, hospitalarios y asistenciales, farmacias y expendios de gasolina, funerarias, jardines vinculados con estas y cementerios, servicio de hospedaje, comunicaciones, transmisiones de radio y televisión”.
Indica, además, que no recesarán los centros de recreación y atracciones turísticas, acopio y distribución de leche y demás servicios públicos básicos, y actividades de pesca y otras autorizadas por la ley.
El texto de la Resolución No. 12/2013 añade que “Las administraciones de los centros de trabajo que recesan sus actividades abonan a los trabajadores el salario escala y los pagos adicionales establecidos legalmente, salvo que dicho día coincida con los de su descanso semanal o con aquellos en que disfrutan de vacaciones anuales pagadas, licencia no retribuida o subsidio de seguridad social”.
Resalta que “Los trabajadores que están exceptuados de recesar reciben su salario según las formas y sistemas de pago aplicados en su centro de trabajo”.
(Cubadebate)
Publicado por Radio Sagua
(Tomado de Granma)
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